Hoy, 20 de abril, ha entrado en vigor el Real Decreto 282/2022 que dictamina la eliminación de la obligatoriedad en el uso de la mascarilla en interiores. Sin embargo, la nueva norma ha creado polémica, ya que parte de la sociedad considera que es demasiado pronto para retirar las mascarillas en interiores y otra se toma al pie de la letra la eliminación de la obligatoriedad, y a la vez mucha incertidumbre.
Por ello, te dejamos los puntos clave que debes saber del Real Decreto aprobado en el Consejo de Ministros del martes:
Lugares donde seguirán siendo obligatorias las mascarillas
- Centros, servicios y establecimientos sanitarios como: hospitales, centros de salud, centros de transfusión de sangre o farmacias.
*Será obligatoria tanto para los trabajadores como para las visitas. Pero no será obligatoria para los pacientes ingresados en su habitación.
Casos en los que serán recomendables
- Población vulnerable como: Personas mayores de 60 años, inmunocomprometidas, con enfermedades de riesgo importantes o embarazadas.
- También en eventos multitudinarios o aglomeraciones y en reuniones privadas ante personas vulnerables.
Tendrás que tener en cuenta
*Quedan suprimidas del ámbito educativo y solo se recomiendan a profesorado con algún factor de vulnerabilidad.
*En el entorno laboral con carácter general no serán obligatorias, aunque el responsable de riesgos laborales puede implantarlas en algunos casos.